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09. Expediente de Tarea a Riesgo. (Origen Res. DSP-CAPSF N°442/10).
- Establecer la modalidad “TAREA A RIESGO”, y autorizar en consecuencia la presentación de tareas profesionales firmadas por un arquitecto habilitado, sin la necesidad de acreditar el pago de los aportes colegiales y por un plazo de ciento veinte días corridos contados desde la presentación ante el CAPSF. Cumplido el plazo y por voluntad expresa del matriculado, podrá extender su vigencia hasta 180 días más.
- El arancel se establece en el 25% del monto de la habilitación anual.
Procedimiento:
- El profesional ingresará el Expediente a través del link >>> Ingreso de Expedientes con Tareas a Riesgo (Res.xxx/12)
- Completa todos los datos requeridos, tales como: Comitente, ubicación, API, etc.
- Obtiene el Nro. De Expediente.
- Emite la boleta de CAPSF para abonar en el banco ó por la modalidad implementada.
- Adjunta como Documento Digital: El plano de Arquitectura y la Boleta de API.
- Luego de la acreditación del arancel, solicita la Revisión del Plano.
- El Visador Técnico lo atiende. Controla que el API coincida, que corresponda “Tarea a Riesgo” en Tipo de Expediente y que concuerde con el Destino del Expediente.
- Si está completo colocará “Estado 4 = Liq. Completo”.
- Se emite un certificado especial, consignando los datos y sin aclarar categorías, ni metros cuadrados.